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Secretario Municipal: Gonzalo Díaz

Fono: 41 250 81 50

E-mail: gonzalo.diaz@munichiguayante.cl

Dirección: Orozimbo Barbosa 104

 

 

Funciones básicas:

a) Servir de Secretaría Administrativa del Alcalde y del Concejo Municipal.

b) Confeccionar los decretos y resoluciones para ser suscritos por el Alcalde, salvo aquellos que por versar sobre materias técnicas específicas, su confección está radicada en la unidad de origen.

c) Certificar que las copias son fieles a los originales de los decretos, reglamentos, ordenanzas y resoluciones municipales.

d) Llevar el archivo de todos los documentos antes indicados.

e) Cumplir las funciones que le asigna la Ley Nº 19.418, sobre Juntas de Vecinos y demás organizaciones comunitarias.

f) Recibir los antecedentes sobre construcción de nuevas organizaciones comunitarias que soliciten su inscripción en el Registro de Organizaciones Comunitarias que de conformidad a la Ley Nº 19.418 lleva la Secretaría Municipal, para proceder a su inscripción y la obtención de la personalidad jurídica.

g) Preparar los documentos que den respuesta a las organizaciones, ya sea informándoles de la conformidad de los antecedentes que avalaron su inscripción o detallándoles las observaciones que deben subsanar para que la personalidad jurídica obtenida quede a firme.

h) Incorporar al Registro de Organizaciones Comunitarias, todas las modificaciones que las entidades inscritas hagan a sus estatutos, directivas, nóminas de socio y otros antecedentes que por disposición legal las organizaciones deben informar a la Secretaría Municipal para mantener actualizados sus antecedentes y plenamente vigente su personalidad jurídica.  Caducar las que no funcionen.

l) Actuar como Ministro de Fe en todas las actuaciones Municipales.

j) Desarrollar las actividades específicas que le asigna la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, en relación a la constitución y funcionamiento del Concejo Municipal.

k) Preparar las convocatorias a las sesiones del Concejo y velar por su oportuno despacho a los señores concejales.

l) Confeccionar las actas de las sesiones del Concejo.

m) Llevar un registro con todos los acuerdos del Concejo y de la documentación que sale y llega a éste.

n) Recibir, mantener y tramitar cuando corresponda, la declaración de intereses establecidos por la ley Nº 18.575.

ñ) Cumplir con las demás funciones que el Alcalde le asigne de acuerdo a la naturaleza de sus funciones, que estén dentro del marco legal y que no sea de aquellas que la ley asigna a otras unidades.

 

Ubicación Geográfica

 

Adjuntos:
Descargar este archivo (ANTEC QUE DEBEN ACOMPAÑAR PARA INFORMAR CAMBIO DE DIRECTORIO.pdf)Antecedentes[Antecedentes que acompañan para informar cambio Directorio]15 kB
Descargar este archivo (ANTEC QUE DEBEN ACOMPAÑAR PARA INFORMAR FUNDACION.pdf)Antecedentes[Antecedentes que acompañan para informar Fundación]31 kB
Descargar este archivo (ACTA  CAMBIO DIRECTORIO.pdf)Formulario[Acta Cambio de Directorio]19 kB
Descargar este archivo (Formato para Acta comisión electoral.pdf)Formulario[Formato Acta Comisión Electoral]43 kB
Descargar este archivo (FORMULARIO para Personalidad Jurídica.pdf)Formulario[Personalidad Jurídica]43 kB
Descargar este archivo (Requisitos para las organizaciones.pdf)Formulario[Requisitos para las Organizaciones]16 kB

Director: Pablo Aros Rojas

Fono: 41 250 81 22

E-mail: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. 

Dirección: Orozimbo Barbosa 104

 

 

Funciones básicas:

La Dirección Jurídica es una unidad que depende directamente del Alcalde y presta asesoría en materias de derecho al Alcalde, al Concejo a las distintas unidades municipales y a la comunidad, cuando corresponda.

  • Iniciar y defender los juicios en que la Municipalidad sea parte o tenga interés y representar judicialmente a la Municipalidad cuando el Alcalde así lo determine.
  • Informar en derecho los reclamos de ilegalidad que se presentan al Municipio.
  • Informar y recomendar las transacciones para precaver Litigios eventuales o dar termino a pleitos pendientes en contra de la Municipalidad.
  • Efectuar la cobranza administrativa y judicial de impuestos, derechos, concesiones, arriendos y demás cuando proceda.
  • Otargar el visto bueno a las actuaciones y pagos que correspondan hacer a las oficinas externas de cobranzas.
  • lnformar en derecho todos los asuntos legales que las unidades municipales le planteen.
  • Orientar periodicamente a las unidades municipales respecto de Las disposiciones legales y reglamentarias pertinentes, obligación que importa mantener permanentemente informados a dichos Órganos acerca de la dictación, modificación y derogación de normas legales y reglamentarias atingentes, como asimismo, de las instrucciones que sobre dichas normas impartan los órganos competentes:
  • Informar al Alcalde las deficiencias jurídicas que observe en materias municipales y proponer atternativas de solución.
  • Formar y mantener al día los títulos de los bienes raíces municipales, para cuyo objeto conservará un expediente actualizado acerca de cada inmueble.
  • Prestar asesoría y asumir la defensa de la comunidad cuando sea procedente y el Alcalde así lo determine.
  • Efectuar, cuando lo ordene el Alcalde, las investigaciones y sumarios administrativos y supervigilar aquellos que realicen funcionarios de otras unidades,
  • Realizar Las gestiones necesarias para las expropiaciones que corresponda efectuar al Municipio.
  • Informar a la Dirección de Obras en forma oportuna y confiable, de todos aquellos antecedentes que sean necesarias para la formación del catastro municipal.
  • Implementar, operar y mantener en su Dirección, según su responsabilidad dentro del Sistema, las actividades que se establezcan por el Sistema de Gestión Municipal de Calidad y Ambiente, segun lo definido en el Manual de Estructura y Responsabilidades del Sistema de Gestión M-E5-003.
  • Atender extrajudicialmente Los conflictos que se promuevan entre copropietarios o entre estos y su administrador, en inmuebles acogidos a la Ley de Copropiedad Inmobiliaria Ley 19.537.
  • Orientar, recibir consultas y actuar como mediador en materias relacionadas con los derechos del consumidor acogido a la Ley 19,446.
  • Cumplir las demás funciones que la Ley, el Alcalde o el Concejo le señalen.

 

 

 

Ubicación Geográfica

 

Directora: Lissette Allaire Soto

Fono: 41 250 81 30

E-mail: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Dirección: Orozimbo Barbosa 104, Parque Los Castaños

Funciones básicas:

a) Asesorar al Alcalde y al Administrador Municipal en la administración del personal de la Municipalidad.

b) Asesorar al Alcalde y al Administrador Municipal en la administración financiera de los bienes municipales, tanto propios como los asignados a los servicios incorporados de Salud, Educación y del Cementerio Municipal.

c) Administrar la adquisición, el uso eficiente y la eventual enajenación de los recursos materiales de la Municipalidad.

d) Estudiar, calcular, proponer y regular la percepción de cualquier tipo de ingresos municipales.

e) Colaborar con la Secretaría Comunal de Planificación en la elaboración del Presupuesto de la Municipalidad.

f) Visar los Decretos de Pago.

g) Llevar la contabilidad municipal en conformidad con las normas de la contabilidad nacional y las instrucciones que, al respecto, imparta la Contraloría General de la República.

h) Controlar la gestión financiera de las empresas municipales.

i) Efectuar los pagos municipales, manejar las cuentas bancarias respectivas y rendir cuenta a la Contraloría General de la República.

j) Ejercer el control y velar por el cumplimiento de las normas financieras, contables y presupuestarias de los servicios traspasados.

k) Preparar estados mensuales e informar periódicamente al Alcalde, al Administrador Municipal y a los Directores Municipales de los movimientos presupuestarios correspondientes a cada una de estas unidades.

l) Otras funciones que el Alcalde le asigne, de conformidad a la legislación vigente y que no sean de aquellas que la Ley asigne a otras unidades.

m) Integrar el Comité del Area de Gestión Interna, conjuntamente con el Administrador Municipal, el Director de Operaciones y los funcionarios que designe el Administrador Municipal.

n) Orientar el quehacer de la Dirección en función del Plan de Desarrollo Comunal, la Misión Municipal y la Planificación Estratégica.

o) Recaudar y percibir los ingresos municipales y fiscales que correspondan.

p) Coordinar con la Dirección de Servicios Incorporados la administración de los recursos humanos, materiales y financieros.

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