Requisitos Generales: Los establecidos en los Arts. 8 y 10 de la Ley 18.883, Estatuto Administrativo de Funcionarios Municipales, Ley 18.695 LOCM y Ley 18.575 de Probidad.
Requisitos Específicos: Los establecidos en el Reglamento Municipal N°01, de fecha 07 de noviembre de 2018, Reglamento que fija la nueva planta de personal de la Municipalidad de Chiguayante publicado en el Diario Oficial el viernes 06 de diciembre de 2019, acorde Ley N°20922 de fecha 25 de mayo de 2016; Título profesional de Ingeniero Comercial o Ingeniero Civil Industrial, títulos otorgados por un establecimiento de educación superior del Estado o reconocido por éste (Código 01); Título profesional de Ingeniero Comercial, Contador Auditor, Abogado, Psicólogo o Administrador Público, títulos otorgados por un establecimiento de educación superior del Estado o reconocido por éste (Códigos 02 y 03); Título profesional universitario o título profesional de una carrera de, a lo menos, ocho semestres de duración, otorgado por un establecimiento de educación superior del Estado o reconocido por éste (Códigos 04 y 05); Título Profesional o Técnico otorgado por un Instituto o Establecimiento de Educación Superior del Estado o reconocido por éste; en el área que la Municipalidad lo requiera; o, en su caso, título otorgado por un Establecimiento de Educación Media Técnico Profesional del Estado o reconocido por éste, en el área que la Municipalidad lo requiera (Códigos 06, 07 y 08).
DOCUMENTO ADJUNTO MAS ABAJO.