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El Alcalde, junto al Honorable Concejo Municipal de Chiguayante, en el contexto la Ley N°21.353/21, que establece nuevas medidas tributarias, para apoyar a las micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes) de la comuna de Chiguayante, por la crisis generada por la enfermedad Covid-19, acordó hasta el 31 de diciembre de 2021, los siguientes beneficios:

  1. Otorgar facilidades de pago, de hasta cuatro años, para el pago en cuotas periódicas de los impuestos adeudados por PATENTES COMERCIALES establecidos en los artículos 23 y siguientes del Decreto N° 2.385, de 1996, del Ministerio del Interior, que fija el texto refundido y sistematizado del Decreto Ley N° 3.063, sobre Rentas Municipales, y las PATENTES de ALCOHOLES, establecidas en la Ley N° 19.925 sobre expendio y consumo de bebidas alcohólicas.
  2. A la fecha de suscripción del respectivo convenio, la MUNICIPALIDAD CONDONARÁ LA TOTALIDAD DE LOS INTERESES Y SANCIONES por la mora en el pago de los impuestos respectivos, que se encuentren vencidos al 30 de junio de 2021.
  3. Los convenios no generarán intereses y multas mientras el deudor se encuentre cumpliendo y mantenga vigente su convenio de pago.
  4. Para hacer efectivo el beneficio, el contribuyente (titular) debe concurrir a las Oficinas de Atención de Público del Depto. de Rentas y Patentes, ubicado en Orozimbo Borbosa N° 106 de la comuna de Chiguayante, de lunes a viernes de las (08:30 a 14:00 horas).

 

 

 

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