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La Tercera Sala de la Corte Suprema acogió el recurso de protección y ordenó a la Intendencia Regional del Biobío y la Gobernación Provincial de Concepción, adoptar las coordinaciones y medidas necesarias para evitar deslizamientos de terrenos en el cerro Manquimávida debido al escurrimiento de agua lluvia.

En el fallo del máximo Tribunal se indica que: "Aun cuando las partes de este proceso han reconocido de manera expresa la existencia de un importante riesgo de aluvión como consecuencia de la erosión sufrida por el cerro Manquimávida tras el incendio acaecido durante el verano del año 2020, peligro que, por demás, se concretó con ocasión del frente de mal tiempo de los días 26 y 27 de abril pasado, surge de los antecedentes que tanto la Intendencia del Bío-Bío como la Gobernación de Concepción se han limitado a gestionar la realización de reuniones de coordinación entre diversos organismos estatales, para luego señalar que la concreción de las distintas acciones propuestas corresponde a otros entes y, primordialmente, a la Municipalidad de Chiguayante, quien debería, por ejemplo, financiar u obtener el financiamiento necesario para la realización del estudio geotécnico sugerido por el SERNAGEOMIN".

Ante ello, el alcalde Antonio Rivas, expresó su satisfacción por la resolución de la Corte Suprema: “Nos ha provocado una tremenda esperanza y alegría, porque esta sentencia obliga a las partes a otorgar recursos para que el Estado garantice la protección de nuestros vecinos que viven a la orilla del cerro. Lo que nos urge es que todos los daños provocados por los incendios sean reparados, para que nuestro cerro no vuelva a comportarse como lo hizo el 2006, cuando murieron 10 vecinos de nuestra comuna”, afirmó.

Por su parte, el director de Asesoría Jurídica, Rodrigo Díaz Aguilera, expresó que ahora urge tomar las acciones para realizar los estudios que impidan un deslizamiento de terreno. “Estamos contentos con la resolución de la Corte Suprema, que revocó el fallo de la Corte de Apelaciones de Concepción y ha establecido que nuestras autoridades regionales y provinciales han actuado con omisión de sus obligaciones, que por mandato legal deben establecer contacto con otras reparticiones de gobierno, tendientes a establecer medidas concretas y reales de protección a los vecinos”, explicó.

En su resolución, la Corte Suprema precisa que "como resulta evidente, semejante planteamiento es inaceptable, desde que las autoridades recurridas, en cumplimiento de los deberes que los rigen de coordinación y de resguardo de la vida de las personas, han de velar por la seguridad de los habitantes de sus respectivas jurisdicciones, adoptando las medidas necesarias para prevenir y enfrentar situaciones de emergencia como la descrita en autos".

Por lo pronto, desde la Municipalidad de Chiguayante esperan que se genere una reunión de coordinación, que determine el rápido estudio de mecánica de suelo, para que desde ahí se decidan las acciones a tomar, como por ejemplo muros de contención, terrazas o nuevas canalizaciones, entre otras materias.

 

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